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PROFESORADO EN PSICOLOGÍA
Plan de Estudios
1º: El Nuevo
Plan Res. (CD) Nº 753/03 comenzó a regir en el año lectivo
2004 y es obligatorio para los alumnos que se inscriban en el Profesorado de
Enseñanza Media y Superior en Psicología e inicien los estudios
a partir del mencionado año, y optativo para quienes se encuentren cursando
por el Plan anterior.
2º: Los alumnos que se encuentren cursando por la aplicación
de la currícula aprobada por RES. (CS) 1863/95 y decidan permanecer en
dicho plan deberán culminar sus estudios como plazo máximo el
31/12/05, quedando automáticamente adscriptos al nuevo Plan quienes excedan
dicho término.
3º: Se establece la siguiente tabla de equivalencias a
fin de ser aplicada para los alumnos que opten por el Plan o quienes automáticamente
queden adscriptos al mismo, por efectos de la aplicación del Art. 2º.
Tabla
de Equivalencias entre el Plan 1995 y el
Plan Nuevo (2004)
según Res. de CD Nº 960/04
(A) asignatura anual , (C) asignatura cuatrimestral
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Plan
1995 |
Plan Nuevo
(2004) |
Educación I (C) |
Teoría de la Educación
y
Sist. Educativo Argentino (C) |
Análisis Institucional
de la Escuela (C) |
---------------------- |
Didáctica General para
Prof. (A) |
Didáctica General (C) |
1 Electiva (C):
a) Didáctica del Nivel Medio ó
b) Didáctica del Nivel Superior |
Didáctica Especial
de la Psicología (C) |
Didáctica
Especial y
Práctica de la Enseñanza (A) |
Didáctica Especial
y
Práctica de la Enseñanza (A) |
4º: Rigen las siguientes correlatividades para las materias
pedagógicas del Plan de Estudios del Profesorado que comienza a regir
en el año lectivo 2004.
Correlatividades
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Teorías de la Educación
y Sistema Educativo
Argentino. |
Sin correlativas |
| Didáctica General. |
Sin correlativas |
| Didáctica Especial de la Psicología. |
Teorías de la Educación y
Sistema Educativo Argentino.
Didáctica General. |
| Didáctica Especial y Práctica de la Enseñanza. |
Didáctica Especial de la Psicología. |
5º: Los alumnos que estén cursando con el plan anterior
y que sólo adeuden la materia: Análisis Institucional de la
escuela, podrán cursarla en la Facultad de Filosofía y Letras
de la U.B.A. según lo establece la Res. (CS) Nº 841/85 (Art. 5º).
6º: Condiciones de Regularidad en la Universidad y en la Facultad
- Para mantener la condición de alumno regular deberán haber realizado
los censos año 1996 y 2000 (según corresponda al año de
ingreso) de no haber realizado el censo deberá concurrir al C.B.C. para
hacer el trámite de rematriculación. Todos los alumnos que se
rematriculen quedarán automáticamente adscriptos al Plan nuevo.
- De haber cumplimentado con los censos pero no aprobó
un mínimo de dos materias en el periodo 2001 a diciembre 2003 deberá
solicitar readmisión en la Facultad para poder continuar sus estudios.
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