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  ACADÉMICA
 
 
 
 

 
     
 
PROFESORADO EN PSICOLOGÍA

Plan de Estudios


1º: El Nuevo Plan Res. (CD) Nº 753/03 comenzó a regir en el año lectivo 2004 y es obligatorio para los alumnos que se inscriban en el Profesorado de Enseñanza Media y Superior en Psicología e inicien los estudios a partir del mencionado año, y optativo para quienes se encuentren cursando por el Plan anterior.

2º: Los alumnos que se encuentren cursando por la aplicación de la currícula aprobada por RES. (CS) 1863/95 y decidan permanecer en dicho plan deberán culminar sus estudios como plazo máximo el 31/12/05, quedando automáticamente adscriptos al nuevo Plan quienes excedan dicho término.

3º: Se establece la siguiente tabla de equivalencias a fin de ser aplicada para los alumnos que opten por el Plan o quienes automáticamente queden adscriptos al mismo, por efectos de la aplicación del Art. 2º.

Tabla de Equivalencias entre el Plan 1995 y el Plan Nuevo (2004)
según Res. de CD Nº 960/04
(A) asignatura anual , (C) asignatura cuatrimestral
Plan 1995
Plan Nuevo (2004)
Educación I (C)
Teoría de la Educación y
Sist. Educativo Argentino (C)
Análisis Institucional de la Escuela (C)
----------------------
Didáctica General para Prof. (A)
Didáctica General (C)
1 Electiva (C):
a) Didáctica del Nivel Medio ó
b) Didáctica del Nivel Superior
Didáctica Especial de la Psicología (C)
Didáctica Especial y
Práctica de la Enseñanza (A)
Didáctica Especial y
Práctica de la Enseñanza (A)

4º:
Rigen las siguientes correlatividades para las materias pedagógicas del Plan de Estudios del Profesorado que comienza a regir en el año lectivo 2004.

Correlatividades
Teorías de la Educación y Sistema Educativo
Argentino.
Sin correlativas
Didáctica General. Sin correlativas
Didáctica Especial de la Psicología.
Teorías de la Educación y Sistema Educativo Argentino.

Didáctica General.
Didáctica Especial y Práctica de la Enseñanza. Didáctica Especial de la Psicología.


5º:
Los alumnos que estén cursando con el plan anterior y que sólo adeuden la materia: Análisis Institucional de la escuela, podrán cursarla en la Facultad de Filosofía y Letras de la U.B.A. según lo establece la Res. (CS) Nº 841/85 (Art. 5º).

6º:
Condiciones de Regularidad en la Universidad y en la Facultad

- Para mantener la condición de alumno regular deberán haber realizado los censos año 1996 y 2000 (según corresponda al año de ingreso) de no haber realizado el censo deberá concurrir al C.B.C. para hacer el trámite de rematriculación. Todos los alumnos que se rematriculen quedarán automáticamente adscriptos al Plan nuevo.
- De haber cumplimentado con los censos pero no aprobó un mínimo de dos materias en el periodo 2001 a diciembre 2003 deberá solicitar readmisión en la Facultad para poder continuar sus estudios.
 

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