Laboratorio de Psicología Experimental

Ordenanza de Creación del Laboratorio de Psicología Experimental

El Consejo Directivo de la Facultad de Filosofía y Letras

RESUELVE:

Art. 1º - Además de sus fines docentes, el laboratorio servirá para investigaciones sobre psicología y ciencias afines.

Art. 2º - El Laboratorio estará a cargo de un jefe, el cual tendrá las siguientes funciones:
a) Organizar y dirigir los trabajos de los alumnos de acuerdo con los profesores de psicología;
b) Dictar cursos sobre técnica de la investigación y sobre sistema nervioso y órganos de los sentidos, cuyo protagonista será sometido a la aprobación del profesor de Psicología Fisiológica y Experimental;
c) Colaborar en la investigaciones de los profesores de psicología;
d) Llevar la contabilidad del laboratorio y proponer, de acuerdo con los profesores de psicología, la compra de aparatos y demás elementos de trabajo.

Art. 3º - Todo el personal del laboratorio dependerá directamente del jefe. Tendrá el horario que determine el Decano, de acuerdo con los profesores de psicología.

Art. 4º - Comuníquese a los interesados.


Buenos Aires, octubre 25 de 1927

Coriolano Alberini
Héctor Juliánez